Tomado de: https://comunitariapress.wordpress.com/2015/01/23/atentados-contra-la-libertad-de-expresion-y-la-libre-determinacion/
Por: Pablo Rangel
En la madrugada del 20 de enero, al momento en que el personal de la radio comunitaria Snuq Jolom Konob, con sede en Santa Eulalia, Huehuetenango, se acercó para iniciar labores, la entrada les fue negada por un grupo de aproximadamente cincuenta personas. Como parte de la acción, los atacantes amenazaron al grupo de comunicadores quienes tuvieron que huir para refugiarse y estar a salvo. Esta no es la primerra vez que los intimidan pues anteriormente ya habían sufrido amenazas por parte de las autoridades municipales. Hasta hoy la radio continua sin poder transmitir.
Como han venido denunciando varios periodistas y medios de comunicación la Libertad de Expresión está bajo amenaza en Guatemala; no obstante, atentar contra una radio comunitaria de los Pueblos Indígenas, además de ser una afrenta contra la libre expresión, es un atentado contra uno de los derechos colectivos fundamentales, la Libre Determinación.
Las radios comunitarias de los pueblos indígenas juegan el papel de reproductoras de la cultura. Su existencia y funcionamiento se garantiza a través de varios instrumentos internacionales de Derechos Humanos y de Derechos de los Pueblos Indígenas, pues las comunicaciones son claves en la determinación y subsistencia de cada pueblo.
Durante la creación de los instrumentos internacionales de los pueblos indígenas en el ámbito de la ONU, Augusto Willemsen Díaz refería que los aportes de la historia y la antropología eran claves para saber que el derecho colectivo a la Libre Determinación para los pueblos indígenas es el principal y más importante. Llegar a estas instancias ha sido, como también Willemsen aseguraba, un tortuoso camino a lo largo de siglos de orden colonial y vidas independientes cifradas en apartheids y separaciones de castas.
Los pueblos indígenas han pasado por varios estadios más o menos similares en todas las latitudes del mundo: Exterminio, protección, asimilación y por último, autonomía. Se supone que esta última es una de las más desarrolladas formas pues el tutelaje queda de lado para dar paso a la Libre Determinación. Desgraciadamente con acciones como las perpetradas contra la radio Snuq Jolom Konob pareciera haber un retroceso grave en términos de garantizar la autonomía que después de tantos años y de haber sobrevivido intensas campañas de exterminio y asimilación los pueblos han alcanzado.
Quizá el derecho colectivo de la Libre Determinación es difícil de comprender para alguien que no conoce mucho de la vida en las comunidades. No es secreto que para muchas y muchos guatemaltecos la idea de un solo pueblo en un solo país es la norma y no están dispuestos a esforzarse para pensar más allá. Sin embargo, la realidad lleva bastante ventaja a las ideologías. En este sentido es necesario reconocer que en Guatemala, conviven dos sistemas en un mismo espacio. Por un lado la administración oficial y por otro los Pueblos Indígenas.
Hace unos años, mientras se discutía la idea de una equiparación entre el Sistema de Justicia Oficial y el Sistema Jurídico de los Pueblos Indígenas, una de las situaciones que afloraba constantemente era la administración “de hecho” que las autoridades indígenas ejercen en ciertos lugares. La historia de los Jueces de Paz arroja evidencia sobre esta situación. Así vemos que después del intento de los Juzgados Comarcales en la década de 1970, se crean los Juzgados de Paz. Estos, como afirmaba el Doctor Rolando Lopez Godínez, en los territorios indígenas eran una figura inútil, pues las autoridades tradicionales juegan el papel de conciliadoras y además, que quede claro, de autoridad. Los números hablan por sí solos, lugares donde al mes el juez resolvía 4 casos, las autoridades tradicionales resolvían los 60 restantes.
Estas realidades han ido empujando en los últimos años la idea de la autonomía, que tampoco es ningun concepto nuevo. En Centroamérica la más famosa, es la Autonomía Regional nicaragüense. Si bien es cierto, ésta fue uno de los arreglos políticos para finalizar la guerra entre Sandinistas y los pueblos indígenas de la Costa Atlántica (Miskitos, Sumus y Ramas), su implementación abrió el camino para el relacionamiento de los pueblos indígenas con los Estados en América Latina. Después de algunos años muchos ven el estatuto de Autonomía como uno que no ha dado todo lo que tendría que dar, no obstante, la figura administrativa ha sido un valuarte al observarlo en perspectiva.
Logró abrir por primera vez el diálogo entre la ortodoxia ideológica del marxismo latinoamericano y los pueblos indígenas, y más especial aún, esto fue en un contexto de plena guerra fría y además con las tensiones ideológicas al máximo. El otro ejemplo de autonomía ha sido el del Zapatismo en el Sur de México. Un proceso autonómico de hecho y “sin permiso”, pues se negoció en los territorios liberados por el EZLN y hasta hoy ha logrado mantenerse a flote y resistiendo los aluviones de la política del Estado mexicano (clientelismo, narcotráfico, tráfico de personas, tráfico de armas etc.)
Pero la autonomía como paso para afianzar el derecho a la Libre Determinación, no siempre ha surgido en ambientes convulsos y enfrentados. En Bolivia, la construcción del Estado Plurinacional es el mejor ejemplo de esta visión y reconocimiento. Los avances son tales que en el último evento electoral se valoró el voto de los grupos minoritarios con la creación en el Congreso de dos escaños para los grupos étnicos que entre la mayoría indígena son minoría, un reconocimiento total de las diferentes culturas y además, a los ojos del mundo avances extraordinarios.
La autonomía que buscan los pueblos indígenas no debe ser malinterpretada en términos secesionistas. En el caso de Guatemala, clamar por ésta significa el reconocimiento de sus autoridades, su cultura, su historia, su idioma y además los Estados deben garantizar los medios para su reproducción cultural.
Retomando la situación de la radio Snuq Jolon Konob´ en Santa Eulalia, la coartación del derecho a transmitir y seguir siendo reproductora cultural, además de ser un atentado contra la libertad de expresión y una violación a los derechos fundamentales, pues ya bien sea que las autoridades municipales han actuado en contra o han permitido que esto suceda, siendo ellos quienes representan al Estado, es una flagrante violación al derecho colectivo a la Libre Determinación de los pueblos. Tiene que quedar claro que acallar la reproducción de la cultura es un paso para exterminarla.
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